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sábado, 21 de octubre de 2017

Impugnan el proceso selectivo de Guadalinfo en Cartaya

El proceso selectivo se inicia con la publicación de las bases en el tablón de Edictos del Ayuntamiento el 20 de septiembre de 2017.


El 22 de septiembre de 2017 se presenta en el registro de entrada un recurso de reposición contra las bases publicadas. El recurso se fundamenta en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que dice lo siguiente:

1. Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.
2. Las Administraciones Públicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2 del presente Estatuto seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales antes expresados, así como los establecidos a continuación:
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.
f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
El 10 y 11 de octubre se convoca  a los aspirantes  para la realización de la Entrevista Personal conforme a las bases y el 16 de octubre se publican los resultados del proceso selectivo. La mejor calificación corresponde a Doña Manuela Delgado Tavira con 11,28 puntos.
El 18 de octubre se presenta en el registro de entrada del ayuntamiento dos escritos impugnando el proceso selectivo.

El proceso selectivo consta de dos fases, en la primera fase se valora la experiencia profesional, 0,1 punto por cada mes de trabajo. No se valora la formación.
En la segunda fase es opcional (a criterio de la entidad) y  pretenden valorar la capacidad de los aspirante mediante una entrevista, en las bases no se especifica la puntuación máxima en esta fase ni el baremo.

Otra forma de verlo, es comparando las bases de Cartaya con las de otro Ayuntamiento, en este caso Guadalix.


  En Guadalix el proceso selectivo se hace de otra manera y consta de 3 fases:
1°.- OPOSICIÓN. Prueba escrita y defensa (de 0 a 10 puntos)
2°.- CONCURSO. Valoración de méritos (experiencia y formación, de 0 a 3 puntos)
3° .- ENTREVISTA.
Relacionada con el puesto objeto de Convocatoria. Se valorara de 0 a 2 puntos.

Aunque las bases les vienen dadas por la Junta de Andalucía,  del mismo modo que hacen otros ayuntamientos, el Ayuntamiento de Cartaya podría adaptarlas para cumplir los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, igual que hacen otros ayuntamientos. ¿Por qué no se  hace?





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